{"id":3371,"date":"2015-04-05T11:57:31","date_gmt":"2015-04-05T17:57:31","guid":{"rendered":"https:\/\/blogs.laprensagrafica.com\/litoibarra\/?p=3371"},"modified":"2015-04-05T11:57:31","modified_gmt":"2015-04-05T17:57:31","slug":"sugerencia-para-los-nuevos-diputados-proteccion-de-datos-personales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.laprensagrafica.com\/litoibarra\/?p=3371","title":{"rendered":"Sugerencia para los nuevos diputados: protecci\u00f3n de datos personales"},"content":{"rendered":"<p>Dentro de pocos d\u00edas, El Salvador tendr\u00e1 una \u201cnueva\u201d Asamblea Legislativa, que estar\u00e1 conformada por diputados de distintos partidos pol\u00edticos, dentro de los que se incluyen algunos que llegan por primera vez a ocupar ese tipo de cargos p\u00fablicos, y que estar\u00e1n trabajando junto a los que ya llevan algunos a\u00f1os en sus cargos.<\/p>\n<p>Su principal tarea, seg\u00fan lo entendemos los ciudadanos, es redactar, revisar, mejorar y eventualmente presentar, proponer, defender y aprobar las leyes que permitan a nuestro pa\u00eds una convivencia pac\u00edfica y contar con herramientas jur\u00eddicas para realizar el trabajo de cada uno de la mejor forma, as\u00ed como tener la posibilidad de buscar un mejor nivel de vida, un mayor desarrollo y una mejor ubicaci\u00f3n en el concierto mundial de naciones, desde las perspectivas econ\u00f3mica y social.<\/p>\n<p>Si bien hay una gran cantidad de temas que los diputados deber\u00e1n conocer y que presentan distintos grados de inter\u00e9s para la poblaci\u00f3n, dentro de los grandes pendientes se encuentran varios temas que vinculan al derecho con las tecnolog\u00edas de informaci\u00f3n y comunicaciones, y que dado el avance mundial y nacional de estas tecnolog\u00edas, esta legislaci\u00f3n se considera a estas alturas una deuda importante.<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/blogs.laprensagrafica.com\/litoibarra\/wp-content\/uploads\/2015\/04\/blog329img01.jpg\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"aligncenter  wp-image-3373\" src=\"https:\/\/blogs.laprensagrafica.com\/litoibarra\/wp-content\/uploads\/2015\/04\/blog329img01.jpg\" alt=\"blog329img01\" width=\"384\" height=\"290\" \/><\/a><\/p>\n<p>A prop\u00f3sito de estos temas, el Comit\u00e9 Jur\u00eddico Interamericano (CJI) de la Organizaci\u00f3n de los Estados Americanos (OEA) culmin\u00f3 recientemente su octog\u00e9simo sexto per\u00edodo\u00a0ordinario de sesiones con la adopci\u00f3n de un informe sobre \u201cProtecci\u00f3n de Datos Personales\u201d que plantea a los Estados Miembros\u00a0una docena de principios relacionados con la privacidad y la protecci\u00f3n de datos personales que pueden servir de base para la\u00a0formulaci\u00f3n de leyes en defensa del derecho a la privacidad, la reputaci\u00f3n y la dignidad de las personas. Se trata del <a href=\"http:\/\/www.oas.org\/es\/sla\/ddi\/docs\/CJI-doc_474-15_rev2.pdf\">Informe del Comit\u00e9 Jur\u00eddico Interamericano: Privacidad y protecci\u00f3n de datos personales<\/a>.<\/p>\n<p><strong>Un modelo de ley<\/strong><\/p>\n<p>En el informe de la OEA se incluye una serie de principios y planteamientos que pueden servir para que cada Estado desarrolle la legislaci\u00f3n nacional seg\u00fan sus procesos y de acuerdo a su propio entorno. Existen algunos lineamientos generales incluidos en el informe:<\/p>\n<p>Las normas nacionales deben asegurar que los datos personales se recopilen \u00fanicamente con fines leg\u00edtimos y se procesen de una manera justa, legal y no discriminatoria. La finalidad de las normas debe ser que las personas reciban la informaci\u00f3n necesaria sobre las personas o entidades que recopilan datos, los fines para los cuales se recopilan, los mecanismos de protecci\u00f3n conferidos a las personas y las formas en que las personas pueden ejercer esos derechos. Deben asegurar que aquellos que recopilan, procesan, usan y difunden datos personales lo hagan de forma apropiada y con el debido respeto de los derechos de la persona.<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/blogs.laprensagrafica.com\/litoibarra\/wp-content\/uploads\/2015\/04\/blog329img02.jpg\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"aligncenter  wp-image-3374\" src=\"https:\/\/blogs.laprensagrafica.com\/litoibarra\/wp-content\/uploads\/2015\/04\/blog329img02.jpg\" alt=\"blog329img02\" width=\"638\" height=\"263\" srcset=\"https:\/\/blogs.laprensagrafica.com\/litoibarra\/wp-content\/uploads\/2015\/04\/blog329img02.jpg 900w, https:\/\/blogs.laprensagrafica.com\/litoibarra\/wp-content\/uploads\/2015\/04\/blog329img02-300x124.jpg 300w\" sizes=\"(max-width: 638px) 100vw, 638px\" \/><\/a><\/p>\n<p>Al mismo tiempo, la normativa nacional debe proteger el derecho de las personas a beneficiarse de la econom\u00eda digital y los flujos de informaci\u00f3n que la sustentan. Debe buscar un equilibrio entre el derecho de las personas a controlar la forma en que se recopilan, almacenan y utilizan sus datos personales y su derecho a tener acceso a los datos, as\u00ed como los intereses de las organizaciones en el uso de datos personales con fines comerciales leg\u00edtimos y razonables en una econom\u00eda basada en datos.<\/p>\n<p>El informe contiene varias definiciones de los t\u00e9rminos que se utilizan en este tipo de leyes, por ejemplo: \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n, concepto de privacidad, concepto de flujo de informaci\u00f3n, datos personales, controlador de datos, procesador de datos, autoridad responsable de la protecci\u00f3n de datos, titular de los datos, datos personales sensibles.<\/p>\n<p><strong>Principios sobre privacidad y protecci\u00f3n de datos personales<\/strong><\/p>\n<p>El informe tambi\u00e9n incluye una serie de doce principios que los legisladores de cada pa\u00eds deben tener en cuenta cuando se decidan a preparar una ley para atender a este tema. En el informe se encuentran amplios comentarios y anotaciones para cada principio.<\/p>\n<p><span style=\"text-decoration: underline;\">Principio uno: Prop\u00f3sitos leg\u00edtimos y justos.<\/span> Los datos personales deben ser recopilados solamente para fines leg\u00edtimos y por medios justos y legales.<\/p>\n<p><span style=\"text-decoration: underline;\">Principio dos: Claridad y consentimiento.<\/span> Se deben especificar los fines para los cuales se recopilan los datos personales en el momento en que se recopilen. Como regla general, los datos personales solamente deben ser recopilados con el consentimiento de la persona a que se refieran.<\/p>\n<p><span style=\"text-decoration: underline;\">Principio tres: Pertinencia y necesidad.<\/span> Los datos deben ser ver\u00eddicos, pertinentes y necesarios para los fines expresos de su recopilaci\u00f3n.<\/p>\n<p><span style=\"text-decoration: underline;\">Principio cuatro: Uso limitado y retenci\u00f3n.<\/span> Los datos personales deben ser mantenidos y utilizados solamente de manera leg\u00edtima no incompatible con el fin o fines para los cuales se recopilaron. No deber\u00e1n mantenerse m\u00e1s del tiempo necesario para su prop\u00f3sito o prop\u00f3sitos y de conformidad con la legislaci\u00f3n nacional correspondiente.<\/p>\n<p><span style=\"text-decoration: underline;\">Principio cinco: Deber de confidencialidad.<\/span> Los datos personales no deben divulgarse, ponerse a disposici\u00f3n de terceros ni emplearse para otros prop\u00f3sitos que no sean aquellos para los cuales se obtuvieron, excepto con el conocimiento o consentimiento de la persona en cuesti\u00f3n o bajo autoridad de la ley.<\/p>\n<p><span style=\"text-decoration: underline;\">Principio seis: Protecci\u00f3n y seguridad.<\/span> Los datos personales deben ser protegidos mediante salvaguardias razonables y adecuadas contra accesos no autorizados, p\u00e9rdida, destrucci\u00f3n, uso, modificaci\u00f3n o divulgaci\u00f3n.<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/blogs.laprensagrafica.com\/litoibarra\/wp-content\/uploads\/2015\/04\/blog329img03.png\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"aligncenter size-full wp-image-3375\" src=\"https:\/\/blogs.laprensagrafica.com\/litoibarra\/wp-content\/uploads\/2015\/04\/blog329img03.png\" alt=\"blog329img03\" width=\"500\" height=\"250\" srcset=\"https:\/\/blogs.laprensagrafica.com\/litoibarra\/wp-content\/uploads\/2015\/04\/blog329img03.png 500w, https:\/\/blogs.laprensagrafica.com\/litoibarra\/wp-content\/uploads\/2015\/04\/blog329img03-300x150.png 300w\" sizes=\"(max-width: 500px) 100vw, 500px\" \/><\/a><\/p>\n<p><span style=\"text-decoration: underline;\">Principio siete: Fidelidad de los datos.<\/span> Los datos personales deben mantenerse fieles y actualizados hasta donde sea necesario para los prop\u00f3sitos de su uso.<\/p>\n<p><span style=\"text-decoration: underline;\">Principio ocho: Acceso y correcci\u00f3n.<\/span> Se debe disponer de m\u00e9todos razonables para permitir que aquellas personas cuyos datos personales han sido recopilados puedan solicitar el acceso a dichos datos y puedan solicitar al controlador de datos que los modifique, corrija o elimine. En caso de que fuera necesario restringir dicho acceso o correcci\u00f3n, deber\u00edan especificarse las razones concretas de cualquiera de estas restricciones de acuerdo con la legislaci\u00f3n nacional.<\/p>\n<p><span style=\"text-decoration: underline;\">Principio nueve: Datos personales sensibles.<\/span> Algunos tipos de datos personales, teniendo en cuenta su sensibilidad en contextos particulares, son especialmente susceptibles de causar da\u00f1os considerables a las personas si se hace mal uso de ellos. Los controladores de datos deber\u00edan adoptar medidas de privacidad y de seguridad que sean acordes con la sensibilidad de los datos y su capacidad de hacer da\u00f1o a los individuos sujetos de la informaci\u00f3n.<\/p>\n<p><span style=\"text-decoration: underline;\">Principio diez: Responsabilidad.<\/span> Los controladores de datos adoptar\u00e1n e implementar\u00e1n las medidas correspondientes para el cumplimiento de estos principios.<\/p>\n<p><span style=\"text-decoration: underline;\">Principio once: Flujo transfronterizo de datos y responsabilidad.<\/span> Los Estados Miembros cooperar\u00e1n entre s\u00ed en la creaci\u00f3n de mecanismos y procedimientos que aseguren que los controladores de datos que operen en m\u00e1s de una jurisdicci\u00f3n puedan ser efectivamente hechos responsables por el cumplimiento de estos principios.<\/p>\n<p><span style=\"text-decoration: underline;\">Principio doce: Publicidad de las excepciones.<\/span> Cuando las autoridades nacionales establezcan excepciones a estos principios por motivos relacionados con la soberan\u00eda nacional, la seguridad interna o externa, el combate a la criminalidad, el cumplimiento de normativas u otras prerrogativas de orden p\u00fablico, deber\u00edan poner en conocimiento del p\u00fablico dichas excepciones.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Dentro de pocos d\u00edas, El Salvador tendr\u00e1 una \u201cnueva\u201d Asamblea Legislativa, que estar\u00e1 conformada por diputados de distintos partidos pol\u00edticos, dentro de los que se incluyen algunos que llegan por primera vez a ocupar ese tipo de cargos p\u00fablicos, y que estar\u00e1n trabajando junto a los que ya llevan algunos a\u00f1os en sus cargos. 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